Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte la HOMOLOGACION a la transacción celebrada entre las partes en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO tiene incoado TERESA ERVITI IZQUIERDO contra JUAN CASTRO CAAMAÑO, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ASÍ SE DECIDE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay a los (28) días del mes de Septiembre de dos mil nueve (2009). Años 199° y 150°.
LA JUEZ,
ABG. MARY FERNADEZ PAREDES
La Secretaria,
Abog. Kristel Vásquez Fossi
En esta fecha siendo las 2:00 p.m., se publicó y se registró la anterior decisión.
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