En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de Amparo por la ciudadana CLAUDIA ELENA RONDÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.444.554, asistida por el abogado en ejercicio RICHERT OSWALDO GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42.819, Procurador de Trabajadores, contra la sociedad mercantil SUPERMERCADOS UNICASA, C.A. En consecuencia, SE ORDENA al referido Instituto el cumplimiento inmediato de lo decidido por la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy del Estado Miranda, en la Providencia Administrativa N° 00069 del doce (12) de marzo de dos mil nueve (2009) y proceder al reenganche de la ciudadana CLAUDIA ELENA RONDÓN, y por ende a reintegrar a sus labores al accionante y efectuar el pago de los salar.....