En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento, que formuló la abogada SORAYA GOLINDANO ORTIZ, inpreabogado Nº 39.718, en su carácter de apoderado judicial de la parte DEMANDANTE MARIA MAGDALENA BENAVIDES DE CORDERO, en el juicio de LIBERACIÒN DE HIPOTECA, interpuesto contra DISTRIBUIDORA CERVECERA C.A. sociedad mercantil originalmente constituida y domiciliada en Caracas, como consta del asiento del Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de octubre de 1955, bajo el Nº 92, Tomo 18-A, posteriormente modificándose su domicilio social a la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Zulia, en fecha 15 de marzo de 1985, bajo el Nº 2.....