III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO POST MORTEM, incoada por la por la ciudadana LISBETH MINERVA RAMIREZ VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad ° V-11.989.936 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio VICTOR RAMON ESCALONA ARANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 312.763; contra el de Cujus RAFAEL ELIAS MALDONADO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.109.119.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena la desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial en.....