DISPOSITIVA
Este tribunal cuarto de municipio ordinario y ejecutor de medidas de los municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana MARIA ELENA MEDINA PEROZA, titular de la cedula de identidad N° V-5.387.790, contra el ciudadano JESUS MARIA AULAR, titular de la cedula de identidad N° V-3.747.878. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 6 de diciembre de 1994, por ante el registro civil del municipio Diego Ibarra del estado Carabobo, según se evidencia en acta asentada bajo N° 256, Tomo I, Año 1994, de los libros de matrimonios llevados por el referido registró.
Publíquese y regístrese, déjese copia de la present.....