Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana: YUS MARILUZ CAMPOS BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.110.313, asistida de la abogada en ejercicio OLEIDA BAPTISTA MACHUCA, de conformidad con el artículo 111 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación de sentencias interpuesto por la ciudadana: YUS MARILUZ CAMPOS BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.110.313, asistida de la abogada en ejercicio YOLEIDA BAPTISTA MACHUCA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.009.
TERCERO: Se REVOCA la decisión de fecha 13/05/2017, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Inst.....