Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos JAVIER ANTONIO BARBOZA y JUDITH ARELIS PARADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.518.646 y 11.112.079, respectivamente, el día "22 de septiembre de 1994", por ante la Prefectura Parroquia José Antonio Páez, Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 663, tomo 4.