III. DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA;
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida formulada por la parte demandada ciudadano ROBERTO FERRARA HURTADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula identidad Nº V-3.923.226, en su condición de PRESIDENTE de la Sociedad Mercantil CENTRO MEDICO EL LIMÓN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 07 de Julio de 1988, bajo el Nº 42, Tomo 288-A, siendo su última modificación en fecha 20 de diciembre de 2007, bajo el nro. 35, Tomo 108-A.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se RATIFICA la medida cautelar innominada decretada por este Juzgado en fecha 24 de.....