Por las razones de Hecho y de Derecho antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de NULIDAD DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana MARCELA OMAIRA DUNO RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.439.629, en contra del ciudadano NICOLAS ALFONSO OCHOA STEPUSZYSZYN