"...Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos JULIAN RAFAEL URIBE MEZA y ZULAY FRANCISCA ORTIZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.548.538 y V-3.848.894, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO CASTILLO OSPINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 129.626. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Páez, Distrito Girardot del Municipio Girardot, ahora Registro Civil del Municipio Girardot Estado Aragua, en fecha 07 de mayo de 1975, anotado bajo el Nº 304, Tomo 2.-..."