DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara que LA COMPETENCIA para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional que intentó la ciudadana MARY ALEJANDRA HERNÁNDEZ MORENO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.339.026, en contra de la ciudadana ANA CONTRERAS, en su carácter de Directora del Hospital José Antonio Vargas, perteneciente al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), ubicado en la carretera nacional Maracay, Palo Negro, sector La Ovallera, Municipio Libertador del estado Aragua, no corresponde a este Juzgado sino al Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo del estado Aragua, con sede en Ma.....