Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, y en consecuencia, ordena al Director del Registro Civil Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana HEYDI GRACIELA MIRABAL ALVARADO, ya identificada, llevado en los libros de Nacimientos por ante la antigua Prefectura Páez, en el año 1973, Tomo 2, bajo el Nº 1147, a fin de que asiente el primer nombre de la solicitante, en donde está asentado como: "HEEYDI", debe asentarse como: "HEYDI". Expídanse por Secretaria las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia que fuere menester a los interesados y envíense las necesarias .....