III
DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SE NIEGA la medida cautelar innominada presentada por el abogado JOSE CASTILLO SUAREZ, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el numero 30.911, en su carácter de apoderado judicial de la Compañía Anónima INVERSIONES SUMAR, C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 21 de julio de 2014, bajo el numero 18, Tomo 130, en el presente juicio que por NULIDAD DE VENTA ha incoado en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES B-01, inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Aragua en fecha 22 de septiembre de 1995, bajo el numero 22, tomo 714-B, en la persona de su representante legal, ciudadano BENIT.....