declara IMPROCEDENTE la solicitud del desistimiento realizada por la abogada YURIMAR RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.985, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado ALVARO ARRAIZ PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 11.527, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LIFE FLITHG VUELO DE VIDA C.A., inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 07 de abril de 1987, bajo el Nro. 26, Tomo 6-A pro., posteriormente transformada fecha 07 de julio de 1989, bajo el Nro. 77, Tomo 9-Apro., contra la Resolución Administrativa Nro. J-DIM.064/07, de fecha 04 de octubre de 2007, emanada del Despacho del Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda.