DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a los ciudadanos HUANCA PUMARRUMI HECTOR REVELINO, titular de la cedula de identidad E- 84.593.263, residenciado en: UBANIZACION BETANIA CARIBE, THOW 18, CARRETERA DE CHARALLAVE CUA, ESTADO MIRANDA y CARLOS ABIMAEL AVILA VASQUEZ, titular de la cedula de identidad E- 84.414.575, residenciado en: CALLE ARGENTINA, EDIFICIO ROMALTES, PISO 4 PH, PARROQUIA SUCRE CATIA MUNICIPIO LIBERTADOR DISTRITO CAPITAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 300 numeral 3° y 49 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por la extinción de la acción penal. Se acuerda el cese de todas las medidas de coerción que pudier.....