PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por el ciudadano EMILIO ANTONIO GONZALEZ BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 16.551.237, asistido en este acto por el Abogado JESUS SAUL MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.983, y la ciudadana MINAYDU ROSE FERNANDEZ MIRALLES, titular de la cedula de identidad Nº 17.473.373, representada por su Apoderada Judicial ciudadana MARIA JOSE RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 94.563, según consta de Poder Especial otorgado por ante la Notaria publica Pudahuel de la Republica de Chile, en fecha 10 de marzo de 2002, según Nº EAC1846805. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el REGISTRO CIVIL MUNICIPIO DEL SUCRE DEL ESTADO ARAGUA, según acta Nº 286, Tomo 2, FOLIO 40, de fecha 27 de Septiembre de 2.013. De igual manera, procédase la Ejecución de la presente sentencia, a los efectos de los a.....