Este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: REPONE la causa al estado en que se notifique mediante oficio al Procurador General de la República, de la sentencia dicta por este Tribunal en fecha 17 de enero de 2017.-
No hay condenatoria en costas por la especialidad de lo decidido.-
Publíquese y regístrese y déjese copia de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los treinta (30) días del mes de marzo de dos mil diecisiete 2017, siendo las 9:52 a.m. Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación