Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 17 de Junio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal (a través del Procedimiento por Admisión de los Hechos por no cumplir con el Acuerdo Reparatorio al cual se comprometió con la victima en el presente asunto, ciudadano Omar Enrique Bolívar); mediante la cual CONDENO al ciudadano JHOAN SIMON BLANCO ASTUDILLO, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.430.575, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 27/09/1982, de 27 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Milagros Astudillo de Blanco (v) y Jesús Alberto Blanco Díaz (v), residenciado en el Sector El Merey de Amana, Calle Principal, Finca Oro Verde, Estado Monagas, tlf. 0426-6807201; actualmente en libertad; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA