VII. DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado JOSE VIVES GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.613, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER CASTRO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.931.713, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 15 de Abril de 2008, donde se declaró Inadmisible la acción de Amparo Constitucional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO.....