Por consiguiente, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de al ciudadano MAHABIR DHANRAJ, de nacionalidad Británica y Venezolano por nacionalización, titular de la cédula de identidad N° V.-8.358.975 y de este domicilio, y como consecuencia del presente decreto, se dictan los siguientes pronunciamientos; PRIMERO: Prosígase la causa por los tramites del juicio ordinario, en el lapso de promoción de pruebas, el cual comenzará a transcurrir una vez notificada la parte. SEGUNDO: Se designa como tutor interino al solicitante, ciudadano HECTOR ANTONIO MAHABIR RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.282.800, y de este domicilio. TERCERO: El tutor provisional debe cuidar al entredicho provisional, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación d.....