Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA: Parcialmente Con Lugar la demanda por Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana: YUBISAY DEL CARMEN MILLAN MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 20.566.133 domiciliada en la Avda Negro Primero, casa Nº 23, de ésta población de Barrancas del Orinoco, Municipio Sotillo, estado Monagas y sin asistencia jurídica en contra del ciudadano ALBERT JOSÉ RODRIGUEZ BORROME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.387.677 y con domicilio procesal en la Cervecería polar, sector La Paloma, en carretera nacional El Cierre, en Tucupita, estado Delta Amacuro y siendo su Apoderada asistente la ciudadan.....