PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ELIMAR UGARTE SOLANO, Defensora Privada de la imputada CARMEN DEL VALLE REQUENA COLMENARES. SEGUNDO: SE ANULA la decisión, dictada en fecha 11-09-2013, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, de conformidad con el articulo 242 numeral 1 de la Ley Adjetiva Penal, consistente en la Detención Domiciliaria de la imputada antes mencionada, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE INFLUENCIA, previsto y sancionado en el artículo 71 de la Ley Contra la Corrupción. TERCERO: SE ORDENA su remisión inmediata a un Tribunal de Control diferente, a los fines que se celebre nuevamente el acto de presentación de la ciudadana CARMEN DEL VALLE REQUENA COLMENARES, prescindiendo de los vicios señalados en la presente decisión, todo de conformidad con lo establecido en los a.....