Se decretó el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano YONNI ENRIQUE GARCÍA RIVERO, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, en agravio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49 numeral 7 y 300 ordinal 3 ejusdem.-