En consecuencia, COMPETENTE este Tribunal Octavo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este Tribunal se declara COMPETENTE para conocer y decidir sobre la presente asunto penal de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico SEGUNDO: De conformidad con el articulo 313 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, desestima TOTALMENTE LA ACUSACIÓN penal ejercida en fecha 13-10-08 por la fiscalía 14° en su oportunidad legal en contra del imputado RAFAEL DAVID SEIJAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.885.016, por lo que decreta el sobreseimiento del delito de INVASION, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, de conformidad del articulo 300 numeral 2 ejusdem, tomando como fundamento lo señalado por la Sala de Casación Penal en Sentencia de fecha 11-04-2024 exp.....