En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, DECRETA: PRIMERO: se decreta la Aprehensión como FLAGRANTE. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ORDINARIO. TERCERO: Este Tribunal admite la precalificación fiscal por el delito de ESTAFA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal. CUARTO: Se acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos 1.-KEILA DEL CARMEN HERNANDEZ ALVAREZ, Venezolano, natural de Lagunillas Estado Zulia, NACIDA en fecha 20-04-1983, de 36 años de edad, Soltera, de profesión u oficio Ama de Casa, titular de la cedula de Identidad N° 16.587.208, residenciado en URBANIZACIÓN FABRIZZIO OJEDA, PLANTA BAJA, APARTAMENTO 003, EDIFICIO EL SAMAN, LAGUNILLAS ESTADO ZULIA, 0414.....