DECISION
Por todos los razonamientos antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA; con sede en Maracay, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, del ciudadano PABLO JESUS LIENDO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° 5.266.376, por error material involuntario en la referida acta de defunción; el cual consiste en que al momento de asentar el nombre de su madre (solicitante) ciudadana: JUANA LIENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad nro. V-1.976.947, asentaron erróneamente "ANTONIA LIENDO"; y por cuanto quedo pr.....