III
DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por ACCION MERODECLARATIVA incoada por el abogado en ejercicio HECTOR CASTELLANOAS AULAR, titular de la cedula de identidad numero V- 6.042.169, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 54.939, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RAIZA MARIA DURA BONALDY, MARILU DURAN BONALDY, YOVAN EDUARDO DURAN BONALDY y ERNESTO DURAN BONALDY, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V- 12.856.666, V- 13.579.137, V-15.473.590 y V- 17.245.827, respectivamente, en contra de la ciudadana LUISA DEL VALLE DURAN BONALDY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 12.144.555, por inepta acumulación de pret.....