En consecuencia, atendiendo a lo antes transcrito, se evidencia que las partes involucradas, han celebrado un convenimiento de manera libre, consciente y espontánea por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente, con sede en Las Tejerías, Municipio "Santos Michelena" del Estado Aragua, donde ambas partes quedan sujetas al ejercicio de sus derechos y obligaciones, garantizando de esta manera el cumplimiento estricto de la protección reconocida por nuestra legislación a todos los niños, niñas y adolescentes.
Al respecto, esta juzgadora se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: Constata este Juzgado que del acta en referencia y los recaudos acompañados no quebrantan ningún derecho o garantía sobre el interés superior del Niño y del Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones, cumpliendo asimismo con los requisitos para que se proceda la conciliación entre los padres u obligados, en relación a la obligación alimentaria para las menores .....