III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y Jurisprudencial expuestas ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho formulado por el abogado LEONCIO VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.077, apoderado judicial de los ciudadanos ANA PAULA PIGLIACAMPO DE GONZÁLEZ y RODOLFO JOSÉ GONZÁLEZ ROSAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.231.815 y V-4.653.881 respectivamente, en contra del auto dictado en fecha 26 de marzo de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante el cual niega oír el Recurso de Apelación, contra la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2010.
SEGUNDO: SE REVOCA, en los términos de ésta Al.....