éste Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ALFREDO MAITIN RODRIGUEZ y PETRA CLARA ACHA GOTTO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 3.436.484 y V-5.264.521 respectivamente, asistidos por la abogada MARIA MARGARITA FERNANDEZ DE RODRIGUEZ, inpreabogado Nº 16.988, ya identificados; en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, en fecha 30 de marzo de mil novecientos noventa (1.990), según acta de matrimonio Nº 253, tomo 3, año 1.990, de los Libros llevados en esa Oficina y que riela en original al folio 4 del expediente.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, Sellada y Firma.....