DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el Ciudadano: HEBERT FRANKLYN GONZÁLEZ MOLINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.654.047, contra la Ciudadana: MARY CARMEN RUIZ LÓPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.101.980.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía contraído por ante el Registro del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón, en fecha 20 de abril de 2002, Acta Nº 14, Folios 20 y 21, Año 2002.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese.....