este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de La Ley, declara: PRIMERO: Que carece de jurisdicción frente a los Órganos de la Administración Pública Nacional, para materializar la SOLICITUD DE EJECUCIÓN DE PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. 1066-11 de fecha 27 de Octubre de 2011, emanada del Ministerio del Trabajo, Coordinación Zona Central, Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario BRICEÑO IRAGORRY, SASNTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Maracay en el Estado Aragua, Sala Laboral de Fueros, Maracay Estado Aragua, donde declara CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos intentada por el ciudadano: MELECIO ANTONIO ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.556.819 en contra de la SOCIEDAD.....