Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de diciembre de 2015, relacionada con el expediente N° 15-1085 y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su Artículo 8° numeral 8, presentada personalmente por los ciudadanos MARJORIE EVELYN APONTE GONZALES y ROSMAN DANIEL GONZALES ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-14.470.688 y V-18.638.169, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ESTELA GOITIA GRATEROL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 191.503. En consecuencia, se declara.....