Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por CARMEN EMILIA ALVERNIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.192.864, contra el ciudadano JOSE VIDAL MORGADO BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.388.538, en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal contraído por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, asentada bajo el N° 549, Tomo 05, Folio 327, de los Libros de Registro Civil respectivos. SEGUNDO: Se deja constancia que no adquirieron bienes conyugales que liquidar, ni procrearon hijos. TERCERO: Por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo .....