Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos ANY DELFINA SANS BARRIOS y CARLOS MIGUEL REVERON PADILLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.741.117 y 6.526.057, respectivamente, el día "13 de abril de 1984", por ante la Junta Parroquial de Leoncio Martinez, Municipio Sucre, Estado Miranda, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 33, Folio N° 35, Año 1984.