En virtud de lo antes expuesto, éste Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; emite el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: CONDENA al acusado: FIDEL DAVID CARVAJAL GUZMAN, Venezolano, de 26 años de edad, soltero, Herrero, titular de la Cédula de identidad Nº 16.685.482, residenciado en el Barrio San Vicente, Calle Capitán San Franes, Nº 133, Maracay, Estado Aragua, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por el delito de HURTO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 452 NUMERAL 8º en concordancia con el artìculo 80 Segundo Párrafo del Código Penal, mas las accesorias legales establecidas en el articulo 16 del Código Penal, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, referente a 1°) La inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la 2°) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una.....