Visto el escrito presentado ante la URDD, en fecha 13.10.2021, contentivo de solicitud de indemnización por parte de la ciudadana EYILEITH DEL CARMEN CADENAS BOTELLO, Venezolana, mayor de edad, en su condición de victima, titular de la cedula de identidad Nro V 15.979.286, y de este domicilio, debidamente asistido por el Abg. MALLERLYN DEL VALLE AULAR VIAMONTE, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 123.410, titular de la cedula de identidad Nro V 8871753, y con domicilio procesal en la Avenida Aranzazu, Local 57-36 Parroquia Miguel Peña de Municipio Valencia, Estado Carabobo. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, pasa a hacer las siguientes consideraciones: PRIMERO: Dicho escrito carece de la lógica y simplicidad en la redacción en la cual, tanto la argumentación como lo solicitado, debe explicarse por si solo en el mismo, a razón de esto, debe .....