III.- DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la apelación ejercida por el Abogado Ángel Petricone, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.240, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en el presente juicio, ciudadano JORGE PEREZ PEREZ, contra del auto dictado por el Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas, en fecha 06 de Junio de 2.011, al Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio que por Denuncia de Irregularidad de Sociedad de Comercio, intentó el prenombrado ciudadano en contra del ciudadano Octavio Pérez Pérez.-
SEGUNDO: SE ORDENA, remitir la presente causa al Tribunal Superior Agrario de la Circu.....