Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentó el ciudadano JEAN CARLOS MENDEZ BLANCO, a través de su apoderado judicial, abogado JOSÉ IGNACIO ESCALANTE MORA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 9.714, en contra de OPERADORA J.B, C.A.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagarle al demandante la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs.1.707.459,40), discriminados de la siguiente manera la cantidad de Un Millón Doscientos Siete Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Bolívares con Cuarenta Céntimos (Bs.1.207.459,40) por concepto laboral, más la cantidad de Quinientos.....