Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA CUANTIA para sustanciar, conocer y resolver sobre las pretensiones contenidas en la demanda incoada por el Abogado: ABDELKADER GOMEZ, identificado en el libelo de la demanda, en contra de los ciudadanos AURA ALONZO DE DESANTIAGO, ROBERTO JESÚS DESANTIAGO, identificados en el libelo de la demanda, por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria), y se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado competente por la cuantía, que es el Juzgado Distribuidor de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de ésta Circunscripción Judicial, con sede en esta misma ciudad, mediante oficio y una vez transcurra el lapso para ejercer los recursos de Ley contra la pres.....