Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la continuación del procedimiento de ejecución forzosa. En consecuencia:
1°. DECRETA EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes del domino privado del MUNICIPIO MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, que no estén afectados a la prestación de un servicio público o a cualquier otra actividad de utilidad pública, así como tampoco la partida presupuestaria 401, hasta por la cantidad de cantidad de Bolívares VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 20.980,635) que arrojó los cálculos realizados en la Experticia Complementaria del fallo.
2°. ORDENA a la parte actora, MARIO FERNANDO RAMOS CLEER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.542.715, indicar los bienes del dominio privado del MUNICIPIO MA.....