III
Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, presentada por la ciudadana ZULEYMA YSABEL PALMA, antes identificada, y ORDENA en forma sumaria Rectificación del Acta de Defunción signada con el Nº 156, Tomo IX, del año 2009, asentada en los Libros de defunción llevados por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, por lo que donde se lee "LA CALLE FEDERICO VILLENAS NÚMERO 9-12 SANTA CRUZ ESTADO ARAGUA" debe leerse, "CALLE AGUÁSIMA Nro. 67, URBANIZACIÓN SAN JOSÉ, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SUCRE, CAGUA, ESTADO ARAGUA". En consecuencia se ordena oficiar al Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, a fin de que estampe la debida nota.....