DECISIÓN
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: El DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en el presente juicio de Obligación de Manutención intentado por la ciudadana por la ciudadana KARINA PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº: 13.240.705, en representación de sus hijas *****Y *^*^*, contra el ciudadano RONAL MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº: 11.177.145.-.- SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, aquí incoado. Archívese.....