Aplicando las anteriores consideraciones al caso bajo examen quien decide observa, que revisadas las actas que conforman el presente expediente, se constata que el mismo se encuentra inactivo desde el día "07 de julio de 2006", y las partes no realizaron actuación alguna para impulsar el proceso. De forma tal, que al evidenciarse que desde el día "07 de julio de 2006", hasta el día "22 de febrero de 2007", transcurrieron siete (07) meses y quince (15) días de inactividad procesal, tiempo que excede el previsto en nuestra legislación adjetiva civil antes citada, por lo que esta sentenciadora forzosamente declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por la ciudadana HOLANDA RODRIGUEZ FERREIRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 9.972.840, contra la Empresa Mercantil CORPORACION KINGS TRADING, C.A.; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concor.....