Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, en Sede Constitucional, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por el abogado NOEL ANTONIO RONDON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 172.747, actuando como apoderado judicial del Ciudadano OSCAR GABRIEL AZUAJE NAVAS, titular de la Cédula de identidad No. V- 15.470.210, contra la sentencia dictada en fecha 25 de junio de 2012 dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la Victoria, proferida en la causa seguida por el ciudadano OSCAR GABRIEL AZUALE NAVAS contra la Sociedad Mercantil AVICOLA LA MORA, C.A y solidariamente contra ALIMENTOS ARAGUA SOCIALISTAS (A.L.A.S) que homologo el acuerdo alcanzado entre las partes. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en c.....