CAPITULO III
Por las razones que antecede, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la presente demanda por Divorcio, intentada por el Ciudadano MIGUEL SEQUERA TORREALBA, contra la Ciudadana OMAIRA RAMONA ALVARADO, plenamente identificados en autos, en consecuencia declara disuelto el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ante La Prefectura del Municipio Puerto Cabello, del Estado Carabobo, en fecha 30 de Junio de 1967, según se evidencia de la copia certificada del acta de Matrimonio que corre inserta a los folios dos y tres (02 y 03) del expediente.
De existir bienes liquides la comunidad conyugal.
Publíquese, Registrase, y déjese Copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala.....