Oídas las exposiciones de las partes y revisadas las actuaciones que conforman la presente causa N° 2C-38.216-21, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la aprehensión para los ciudadanos 1) JOSE ORLANDO RANGEL SERRANO Y 2) JOSE ALEJANDRO PACHECO CORONIL como flagrante. SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento Ordinario, conforme al artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acoge la precalificación fiscal por los delitos de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 3 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal. CUARTO: Se decreta Medida cautelar sustitutiva de Libertad de de conformidad con los artículos 242 numeral 3°, 8° y 9° del Código Orgánico.....