Con fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada y, en consecuencia, admitidos los hechos alagado por el actor en la demanda.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana KATIUSKA ROSALIA GOMEZ ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.674.022
TERCERO: Se declara la Resuelto el pacto de Opción de Compra venta suscrito entre las partes y autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Maracay, Estado Aragua, asentado bajo el Nro. 69, tomo 42, en fecha 11 de Noviembre de 2020. Y, en consecuencia, se libra oficio a la referida Notaria ordenando lo conducente.
CUARTO: Se condena a la parte demandada a la devolución de las can.....