Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE LA VICTORIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, declara: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano VICTOR JOSE FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.689.675, condenándose en consecuencia a la parte demandada entidad de trabajo BUHOS ON LINE C.A., a pagar la cantidad de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 169.290,86), por cobro de INCIDENCIAS LABORALES, los cuales fueron indicados en la parte motiva de la presente decisión, además de lo que resulte de intereses moratorios y la corrección mon.....