PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoara el ciudadano JOSÉ DOMINGO GONZÁLEZ VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.404.933, en contra de la entidad de trabajo Sociedad Mercantil IVECO C.A., plenamente identificado en autos. En consecuencia, se condena a la Empresa demandada a pagar la cantidad de: CINCUENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 50.000,00), de la manera como se indico en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la corrección monetaria sobre el monto de las cantidades condenadas de acuerdo a los parámetros establecidos en la parte motiva del fallo. ASÍ SE DECIDE.